Europa Press
El Consejo de Ministros ha aprobado un real decreto por el que se modifica el procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad, que consiste en establecer un único baremo en todas las comunidades autónomas para determinar cuándo es necesaria la asistencia de una tercera persona, tanto en las situaciones de discapacidad, como en las de dependencia.
La norma, aprobada este jueves en un Consejo de Ministros extraordinario, modifica otro Real Decreto de 1999, para adaptarlo a un Real Decreto de 2011, que se dictó en desarrollo de la Ley de Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia.
Con esta modificación, se suprime la obligación de señalar el tipo de discapacidad física, psíquica o sensorial en el certificado del grado de discapacidad para "proteger" la privacidad de las personas. Además, la información sobre el grado de discapacidad sólo se entregará a instancias de la propia persona interesada o de su tutor o representante legal, en su caso.
Con esta reforma, España se adapta a lo señalado por la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de la ONU, que define la discapacidad como un concepto que evoluciona y establece que los estados tienen el deber de proteger la privacidad de la información sobre la salud de estas personas.
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